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10 Derechos de las Personas Sin Hogar
1. Recibir atención médica en su fase preventiva, clínica y de rehabilitación e intervención, al igual que atención en el área de salud mental y servicios relacionados, incluyendo la oportunidad de disponer de una diversidad de alternativas en programas de desintoxicación y tratamiento para condiciones asociadas al abuso de sustancias y salud mental, de acuerdo a las particularidades del individuo que solicita el servicio.
2. Recibir albergue adecuado y apto para la habitación humana, con las facilidades higiénicas y sanitarias apropiadas, dentro de un ambiente de seguridad, dignidad y respeto.
3. Recibir servicios nutricionales, tres comidas diarias, con dietas adecuadas, así como los suplementos nutricionales o vitamínicos que sean necesarios para velar por su salud y bienestar.
4. Recibir orientación y acceso efectivo a todos los beneficios y servicios sociales públicas a los cuales cualifique, y gozar de la ayuda y apoyo necesario para que sean otorgados, incluyendo pero sin limitarse a:
A. Servicios de salud integral;
B. Ayudas económicas y nutricionales gubernamentales
C. Albergues de Emergencia, Vivienda Transitoria o Permanente
5. Recibir orientación, ayuda, adiestramiento y readiestramiento, a fin de habilitar a la persona sin hogar para formar parte de la fuerza laboral.
6. Recibir protección de los oficiales del orden público contra cualquier tipo de maltrato o abuso a su integridad física o mental, amenazas, actos denigrantes o discriminatorios.
7. Recibir los siguientes servicios:
A. Orientación legal gratuita.
B. A que se le provea una dirección postal gratuita para recibir correspondencia
C. tener acceso a servicios complementarios, tales como grupos de apoyo, capellanía sectaria y no sectaria, tomando en consideración la preferencia de la persona, entre otros.
D. Terapia Especializada, Actividades Recreativas y Culturales, entre otros.
8. El derecho al libre acceso a las plazas, parques y demás facilidades públicas, excepto en aquellas donde por naturaleza de sus usos no es permitido o se considera propiedad privada o represente un riesgo a la vida y seguridad de las personas sin hogar u otros.
9. El derecho a tener acceso a servicios jurídicos que le aseguren mayores niveles de protección y cuidado.
10. El derecho a recibir capacitación sobre estrategias para allegar recursos económicos y promover iniciativas dirigidas a fomentar el esfuerzo de la autogestión y autosuficiencia